Este libro ¿QUE ES UNA CONSTITUCIÓN? Esta basado en dos conferencias pronunciadas por su autor FERDINAN LASSALLE, la primera en Abril de 1.862; la segunda en Noviembre de 1.862. En la primera Conferencia, al iniciarla advierte a los asistentes que hablará de ¿Qué es una constitución? Que a pesar de ser un tema cientifico para ninguna persona de los asistentes le será imposible seguir y comprender, desde el principio hasta el fin, lo que expondrá y le da inicio a su conferencia lanzando las preguntas ¿Qué es una constitución?, ¿En qué consiste la verdadera esencia de una Constitución? Y manifiesta que todos de una u otra forma y diferentes momentos de nuestras vidas estamos oyendo hablar de Constitución y de problemas constitucionales, es tema de todas las conversaciones. Formulada la pregunta se podrán oir diferentes respuestas y al final no obtendremos una respuesta satisfactoria y nos da ejemplos de respuestas como la del jurista: La Constitución es un pacto jurado entre el rey y el pueblo, que establece los principios básicos de la legislación y del gobierno dentro de un país. O también: La Constitución es la ley fundamental proclamada en el país, en la que se echan los cimientos para la organización del Derecho público de esa nación, pero como se dijo antes ninguna de las respuestas satisface al autor porque se limitan a describir exteriormente cómo se forman las Constituciones y qué hacen, pero no nos dicen lo que una Constitución es. Para ello lo primero es saber en qué consiste la verdadera esencia de una Constitución, y luego se verá si la carta constitucional determinada y concreta que examinamos se acomoda o no a esas exigencias sustanciales, luego comienza a definir varios conceptos como ¿Que es Ley y Constitución? Manifiesta que una Constitución debe ser algo sagrado, más firme y más inconmovible que una ley ordinaria, es una ley fundamental y Para ello será necesario:
1º Que la ley fundamental sea una ley que ahonde más que las leyes corrientes...
lisbanys rodriguez salcedo
un espacio para criticar, analizar, reflexionar las normas transmitidas en el derecho constitucional para transmitir conocimientos para la mejora de la calidad de vida.
miércoles, 29 de febrero de 2012
¿ què es absolutismo?
El absolutismo es una forma de gobierno en la cual el poder del dirigente no está sujeto a ninguna limitación institucional que no sea la ley divina. Es un poder único desde el punto de vista formal, indivisible, inalienable, intranscriptible y libre. Los actos positivos del ejercicio del poder (legislación, administración y jurisdicción) se apoyaron en la última instancia de decisión: la suprema monarquía, emanando de ella, no estando por encima sino por debajo.
lisbanys rodriguez salcedo
lisbanys rodriguez salcedo
CLASIFICACION
La constitucion como toda ley. Puede definirse desde el punto de vista formal como desde el punto de vista material .La constitucion es el conjunto de reglas fundamentales que se aplican al ejercicio del poder estatal.
Desde el punto de viasta formal. La constitucion se define a partir de los organos y procedimientos que intervienen en su adopcion, de ahi genera una de sus caracteristicas principales: su supremacia sobre cualquier otra norma del ordenamiento juridico
El termino costitucion en sentido juridico hace referencia al conjunto de normas juridicas escritas y no escritas, que determinan el ordenamiento juridico de un estado, espacialmente la organizacion de los poderes publicos y sus competencias....yonairo gonzalez rodriguez
Desde el punto de viasta formal. La constitucion se define a partir de los organos y procedimientos que intervienen en su adopcion, de ahi genera una de sus caracteristicas principales: su supremacia sobre cualquier otra norma del ordenamiento juridico
El termino costitucion en sentido juridico hace referencia al conjunto de normas juridicas escritas y no escritas, que determinan el ordenamiento juridico de un estado, espacialmente la organizacion de los poderes publicos y sus competencias....yonairo gonzalez rodriguez
¿ Que es una constitución ?
El libro que es una constitución es una de las principales fuentes para orientarnos y decirnos realmente lo que es, ya que como menciona lasalle no solo se debe dar un significado de lo mas común que se cree que es.
La constitución no es solo una simple ley sino que es fundamental, porque es lo rígida mediante a lo que se formula en ella , y tiene que cumplir con lo que realmente se necesita, específicamente además de que tiene un sentido practico por que ayuda específicamente a los problemas que se viven en un sociedad.
En la edad media unos eran mas favorecidos por la ley que otros como la clase obrera o incluso los banqueros.
Aunque los banqueros ayudaban en la creación de el capital y ademas es indispensable su ayuda ante el gobierno tenían menos decisión que este cuando se establecia el voto.
Así también como la clase obrera también tenían decisión pero demasiado baja, además les querían quitar muchos de sus derechos como sus obligaciones, ellos no podian hacer nada para impedirlo, incluso ya ni la burguesia ni la nobleza les ayudarian. Pero eso solo iba a ser temporal ya que los obreros ya no iban a trabajar con los patronos.
Esto quiere decir que todos eran importantes para la formación de la constitución.
El ejercito también tenia sus obligaciones y no solo por serlo no tenia que acatarse a ellas, aunque fuese el poder político del rey, quiere decir que si el ejercito cometía un delito también seria castigado como todo el pueblo, para que no se pensara que estos eran de un nivel superior a los demas.
En la segunda conferencia Lasalle, abarca mas sobre lo que ocacionan los problemas en una nacion que no siempre resulta estar lo suficientemente preparada y para afrontar las verdaderas necesidades que surgen al conocerlas, y el tipo de consecuencias que el pueblo tiene que atenerse quiera o no quiera.
Por ejemplo Inglaterra que no queria pagar los impuestos que les imponia el gobierno de su nación, no aprobaban que estos se dieran, esto porque no estaban de acuerdo en todo lo que tenian que seguir y respetar de acuerdo a la ley, porque no estaban de acuerdo que esos impuestos fueran destinados hacia el gobierno para tener mas control sobre ellos y someter a el pueblo.
No querian dar su dinero hacia el gobierno, ellos se imponian en contra de todo para no pagar los impuestos ademas de que hasta en un caso un ingles expuso su vida para no pagar nada, y actualmente debe ser asi si no se quiere algo en lo que se esta de acuerdo se debe de abolir para siempre.
El seudoconstitucionalismo es cuando se emplea el absolutismo de un sistema juridico para permanecer en el poder por mas tiempo,pero esto lo hace el estado engañando que es un estado absolutista.
El gobierno hace esto con fines de obtener lo que desea del pueblo.
Pero este engaño se puede desenmascarar haciendo el pueblo y exigiendole al gobierno que actue en realidad como absolutista y es cuando se sabria... Lizzeth Molina Rocha
En la edad media unos eran mas favorecidos por la ley que otros como la clase obrera o incluso los banqueros.
Aunque los banqueros ayudaban en la creación de el capital y ademas es indispensable su ayuda ante el gobierno tenían menos decisión que este cuando se establecia el voto.
Así también como la clase obrera también tenían decisión pero demasiado baja, además les querían quitar muchos de sus derechos como sus obligaciones, ellos no podian hacer nada para impedirlo, incluso ya ni la burguesia ni la nobleza les ayudarian. Pero eso solo iba a ser temporal ya que los obreros ya no iban a trabajar con los patronos.
Esto quiere decir que todos eran importantes para la formación de la constitución.
El ejercito también tenia sus obligaciones y no solo por serlo no tenia que acatarse a ellas, aunque fuese el poder político del rey, quiere decir que si el ejercito cometía un delito también seria castigado como todo el pueblo, para que no se pensara que estos eran de un nivel superior a los demas.
En la segunda conferencia Lasalle, abarca mas sobre lo que ocacionan los problemas en una nacion que no siempre resulta estar lo suficientemente preparada y para afrontar las verdaderas necesidades que surgen al conocerlas, y el tipo de consecuencias que el pueblo tiene que atenerse quiera o no quiera.
Por ejemplo Inglaterra que no queria pagar los impuestos que les imponia el gobierno de su nación, no aprobaban que estos se dieran, esto porque no estaban de acuerdo en todo lo que tenian que seguir y respetar de acuerdo a la ley, porque no estaban de acuerdo que esos impuestos fueran destinados hacia el gobierno para tener mas control sobre ellos y someter a el pueblo.
No querian dar su dinero hacia el gobierno, ellos se imponian en contra de todo para no pagar los impuestos ademas de que hasta en un caso un ingles expuso su vida para no pagar nada, y actualmente debe ser asi si no se quiere algo en lo que se esta de acuerdo se debe de abolir para siempre.
El seudoconstitucionalismo es cuando se emplea el absolutismo de un sistema juridico para permanecer en el poder por mas tiempo,pero esto lo hace el estado engañando que es un estado absolutista.
El gobierno hace esto con fines de obtener lo que desea del pueblo.
Pero este engaño se puede desenmascarar haciendo el pueblo y exigiendole al gobierno que actue en realidad como absolutista y es cuando se sabria... Lizzeth Molina Rocha
martes, 28 de febrero de 2012
Que es una constitucion
Buen dia. en una parte del libro trata sobre "ley y constitucion" donde dice en que se distinguen una constitucion y una ley?
Ambas, la ley y la constitucion, tienen evidentemente, una esencia generica comun. Una constitucion, para regir necesita la promulgacion legislativa, es decir, que tiene que ser tambien ley. Pero no una ley como cualquiera, una simple ley: es algo mas.
Entre los dos conceptos no hay solo afinidad; hay tambien desemenjaza, la cual hace que la constitucion sea algo mas que una simple ley.
El pais por ejemplo no protesta porque a cada paso se esten dando leyes nuevas. Por el contrario, todos sabemos que es necesario que todos los años se den un numero mas o menos grande de nuevas leyes. sin embargo no puede dictarse una sola ley nueva sin que se altere la situacion legislativa presente vigente en el momento de promulgarse, pues si la ley nueva no introdujese cambio alguno en el estatuto legal vigente, seria absolutamente superflua y no habria para que promulgarla. Mas no protestamos de que las leyes se reformen. Antes al contrario vemos en estos cambios en general la mision normal de los cuerpos gobernantes.
Mi pregunta es:
Entonces la Constitucion es un grupo o un conjunto de leyes?
gracias..... jorge R. Malott G.
Ambas, la ley y la constitucion, tienen evidentemente, una esencia generica comun. Una constitucion, para regir necesita la promulgacion legislativa, es decir, que tiene que ser tambien ley. Pero no una ley como cualquiera, una simple ley: es algo mas.
Entre los dos conceptos no hay solo afinidad; hay tambien desemenjaza, la cual hace que la constitucion sea algo mas que una simple ley.
El pais por ejemplo no protesta porque a cada paso se esten dando leyes nuevas. Por el contrario, todos sabemos que es necesario que todos los años se den un numero mas o menos grande de nuevas leyes. sin embargo no puede dictarse una sola ley nueva sin que se altere la situacion legislativa presente vigente en el momento de promulgarse, pues si la ley nueva no introdujese cambio alguno en el estatuto legal vigente, seria absolutamente superflua y no habria para que promulgarla. Mas no protestamos de que las leyes se reformen. Antes al contrario vemos en estos cambios en general la mision normal de los cuerpos gobernantes.
Mi pregunta es:
Entonces la Constitucion es un grupo o un conjunto de leyes?
gracias..... jorge R. Malott G.
instituciones politicas: derechos constitucionales
una conclusion de libro- que es constitucion-
puede ser que con la creacion de la nuva constitucion uno de los mas beneficiados iban a hacer los campesios pues por medio de esta podian reclamar sus derechos como trabajadores y asi tambien conocerlos....katherine leon escalante.
puede ser que con la creacion de la nuva constitucion uno de los mas beneficiados iban a hacer los campesios pues por medio de esta podian reclamar sus derechos como trabajadores y asi tambien conocerlos....katherine leon escalante.
instituciones politicas: derechos constitucionales
cuando se impuso la burguesia nos pudimos dar cuentas de los cambios que trajo ella consigo principalmente para los campesinos pues exigian en parte sus derechos con la creacion de una nueva constitucion.......katherine leon escalante.
lunes, 20 de febrero de 2012
jerarquía de las leyes
articulo 4
la constitución es norma de normas. en todo caso de incompatibilidad entre la ley u otra norma jurídica, se aplicaran las disposiciones constitucionales.
lisbanys rodriguez salcedo
la constitución es norma de normas. en todo caso de incompatibilidad entre la ley u otra norma jurídica, se aplicaran las disposiciones constitucionales.
lisbanys rodriguez salcedo
antecedentes históricos del derecho constitucional colombiano
La Historia del constitucionalismo colombiano , es el proceso de formación y evolución de las distintas Constituciones que ha tenido Colombia desde su formación.
Durante la independencia, e inmediatamente después de ella, la Iglesia fue perdiendo su influencia, pero seguía siendo parte decisiva en la toma de decisiones. En particular los federalistas deseaban conformar una constitución sin influencia clerical, mientras que los centralistas se apoyaban en la Iglesia no sólo para preservar la fe sino como medio político. Es de anotar que la mínima área geográfica capaz de enviar electores a los congresos era la parroquia, término clerical utilizado para referirse a la mayoría de las poblaciones y municipios. En las áreas urbanas más grandes podía haber varias parroquias.
La Independencia
El país se venía llamando Virreinato de nueva granada y continuó así por un periodo de transición hasta el 10 de agosto de 1819 cuando los ejércitos republicanos llegan a la ciudad de Santa Fe y el virrey Juan de Sámano huye de la ciudad.
Memorial de Agravios - 1809
Aunque el "Memorial de Agravios" no tuvo efectos políticos de importancia en su época y sólo lo conocieron contadas personas, su texto sirve, mejor que cualquier otro documento, para precisar la profundidad de los cambios que estaban operándose en el clima político de América y la altiva resolución que tenían los criollos (algunos Realistas y otros Independistas) de intervenir en el gobierno de los Dominios [del rey Fernando VII de España], reclamando al rey igualdad de representación para las provincias de América al mismo nivel de las de España, alegando sus títulos de descendientes de los conquistadores y deherederos legítimos de la hegemonía que ellos establecieron sobre las poblaciones aborígenes de América, a las que miraban con mayor menosprecio que sus mismos antepasados.
Constitución de Socorro - 1809
Desde 1809 a 1830 no hubo en el país una constitución unificada definida. Los centros de actividad política se centraban en los principales centros urbanos. Durante ese período surgieron ocho constituciones de las cuales la Constitución del Estado Libre del Socorro (Capital de la provincia de Santander, donde se había iniciado años antes la Insurrección de los comuneros) expedida en 1810 se puede considerar como la primera. Fue federalista, democrática, liberal y católica a la vez.
Constitución de Cundinamarca - 1811
La junta del 20 de julio de 1810, creada ante los hechos del Florero de Llorente, nombró a José Miguel Pey de Andrade como jefe de la Junta, lo cual lo convierte en el primer jefe de estado.
En marzo de 1811 se conformó lo que podría llamarse la primera Asamblea Nacional Constituyente y Congreso a la vez en Santa Fe de Bogotá, bajo el nombre "Colegio Electoral Constituyente del Estado de Cundinamarca" que con gran esfuerzo, por discordias entre centralistas y federalistas, promulgó el 4 de abril de 1811 la primera constitución que podría tener alcance nacional: la Constitución del estado de Cundinamarca la cual estaba basada en la de Estados Unidos de Norteamérica. Esta asamblea-congreso nombra al segundo jefe de estado, el señor Jorge Tadeo Lozano por un período de tres años; sin embargo, por presiones y desacuerdos, la asamblea-congreso lo hace dimitir el 19 de septiembre de 1811 y nombra, en su lugar, a Antonio Nariño. CONSTITUCIÓN DE CUNDINAMARCA (30 DE MARZO DE 1811 Y PROMULGADA EL 4 DE ABRIL DE 1811)
Provincias Unidas - 1811
A finales de 1810 y en forma paralela a los esfuerzos de Cundinamarca, surgieron otras constituciones en distintos centros urbanos como Cartagena, Tunja, Antioquia, Mariquita y Neiva. Algunas de estas, Cartagena, Tunja, Antioquia, Neiva y Pamplona, enviaron representantes al Congreso de las Provincias Unidas que se reunieron inicialmente en Santa Fe y luego mantuvieron su centro en Tunja y Villa de Leyva. Este grupo fue el primero en avanzar democráticamente.
El segundo domingo de octubre de 1811 realizaron las primeras elecciones en Tunja. Habían electores representantes por cada 2.000 habitantes; y en caso, que el municipio no tuviese esta cantidad de población, de todas maneras elegía uno. Podían votar todas las personas mayores de 15 años que tuviesen un oficio modesto y tener 20 años o más. El 27 de noviembre quedó oficialmente establecida la primera pequeña república: Provincias Unidas de la Nueva Granada.
El 23 de diciembre eligieron su primer presidente temporal, Don Pedro Groot, y el siguiente día a Antonio Nariño como presidente interino. En la reunión del 4 de octubre de 1812, la Provincias Unidas eligen a Camilo Torres y Tenorio presidente, cargo que ejerció hasta el 5 de octubre de 1814, y se declararon federalistas (en favor de una unión de estados soberanos) en oposición a los deseos de Antonio Nariño, Simón Bolívar y las ideas centralistas que estaban ganando terreno con alguna dificultad en Santa Fe de Bogotá. Este desacuerdo los llevó a un enfrentamiento armado a finales de 1812, y luego otro, ya sin la presencia de Nariño, en 1814.
Los federalistas (Santanderistas, que veían en el centralismo una restricción a la libertad) evolucionarían más tarde en Liberales, y los centralistas (Bolivarianos y Nariñistas, que querían ver la nación bien unificada y controlada) evolucionarían en Conservadores.
'PLAN DE REFORMA O REVISIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE CUNDINAMARCA DEL AÑO 1812' (13 DE JULIO DE 1815)
Se consagra lo relativo al cuerpo legislativo y sensorio, un legislador senador por cada cincuenta mil habitantes, o sea que el cuerpo legislativo quedaría integrado por cinco miembros, ya que se suponía que para la época habían doscientos cincuenta mil habitantes.
Los requisitos exigidos, eran los de ser vecino de cundinamarca, mayores de 28 años, de probidad, de luces y de notorio patriotismo.
- En cuanto al poder ejecutivo, lo ejercería el gobernador en toda la provincia, nombrado por el colegio electoral, se le define como misión especial fijar una sola opinión extinguiendo partidos y velando por el castigo de cuantos promuevan divisiones como enemigos de la independencia. Deberá además cumplir las órdenes del gobierno general en los ramos de hacienda y guerra.
- Para el ejecutivo se define también la existencia del teniente gobernador, el cual será un juez mayor en primera instancia en todos los negocios contenciosos de gobierno, hacienda y policía. Suplirá además las faltas del gobernador despachando en el poder ejecutivo.
- Se establece lo referente a la justicia civil y criminal, el cual estará en cabeza de dos alcaldes ordinarios elegidos anualmente. Queda compuesta la rama judicial del tribunal de apelaciones y del tribunal se súplicas.
REFORMA DEL GOBIERNO GENERAL DE LAS PROVINCIAS UNIDAS DE LA NUEVA GRANADA (15 DE NOVIEMBRE DE 1815)
Esta reforma se hace atendiendo a las sugerencias de las provincias de Cartagena, Antioquia, Cundinamarca, entre otras, en el sentido de que el gobierno general quede concentrado en una sola persona.
Se establece entonces lo siguiente:
- Se concentra el gobierno general en una sola persona que la eligiría el congreso y llevaría el título de presidente de las Provincias Unidas de la Nueva Granada, para un periodo de seis meses con posibilidades de reelección. Se define además la creación de la figura del vicepresidente, para los casos de impedimento temporal del presidente.
- Se crea el Consejo de Estado, compuesto del vicepresidente de las provincias Unidas que sería su presidente y de los miembros que acababan de serlo del gobierno general y de los tres secretarios del despacho. Este sería consultado por el gobierno pero los conceptos emanados no lo obligarían.
LA GRAN COLOMBIA
Congreso de Angostura
El congreso de angostura se baso más que todo en su economía por Colombia dándole aportes a sus habitantes después de 1810. En 1819, a pesar de estar todavía bajo el control Español, los ímpetus independentistas continuaron y se reactivaron los ánimos constitucionales. El 15 de febrero de 1819,seis meses antes de la Batalla de Boyacá, se reunieron representantes de Venezuela (actualmente Venezuela), Nueva Granada (actualmente Colombia y Panamá) y Quito (actualmente Ecuador) en Angostura, Venezuela, donde se instaló lo que históricamente se ha llamado el Congreso de Angostura para trabajar en el desarrollo de una "Ley Fundamental" (constitución). Los representes de Quito eran muy pocos ya que todavía se encontraba bajo el control Español.
Las decisiones tomadas inicialmente fueron las siguientes:
- La Nueva Granada fue renombrada Cundinamarca y su capital, Santa Fe renombrada Bogotá. La Capital de Quito sería Quito. La Capital de Venezuela sería Caracas. La Capital de la Gran Colombia sería Bogotá.
- Se crea la República de Colombia, que sería gobernada por un Presidente. Existiría un Vicepresidente que suplantaría al Presidente en su ausencia. (Históricamente se acostumbra llamar a la Colombia del Congreso de Angostura La Gran Colombia)
- Los gobernadores de los tres Departamentos también se llamarían Vicepresidentes.
- El presidentes y vicepresidentes se elegirían con voto indirecto, pero para efectos de empezar, el congreso los eligió de la siguiente forma: Presidente de la República: Simón Bolívar y Vicepresidente: Francisco de Paula Santander En Agosto Bolívar continua su tarea libertadora y sale hacia Ecuador y Perú, y deja a cargo de la presidencia a Santander.
- A Bolívar se le da el título de "Libertador" y su retrato se expondría en el salón de sesiones del congreso con el lema "Bolívar, Libertador de Colombia y padre de la Patria".
Congreso de Cúcuta
El Congreso elegido en Angostura se reúne esta vez en Villa del Rosario, en Cúcuta, a principios de 1821.
Tras la Batalla de Carabobo, el 24 de junio de 1821,, que dio oficialmente la independencia de Venezuela, y luego de la liberación de Caracas, Cartagena, Popayán y Santa Marta, el 18 de julio se reanudaron con mayor ímpetu los trabajos constitucionales en Cúcuta para incluir las regiones recién emancipadas.
El 30 de agosto de 1821 es proclamada la constitución de cùcuta y se expide el 12 de julio. Esta se ha considerado como la primera Constitución de Colombia que estuvo vigente durante la Gran Colombia hasta su disolución 1831. Constaba de 10 capítulos y 191 artículos:
- Promulgó la liberación progresiva de la esclavitud: los hijos de padres esclavos serían libres al llegar a los 18 años de edad, y creó un fondo para asegurar que los esclavos que fueran liberados tuvieran medios para subsistir. El fondo recolectaba porcentajes que variaban desde el 0,15% hasta el 10% de las herencias. Esto sucedía 42 años antes de la abolición de la esclavitud en los Estados Unidos.
- Acabó con la Inquisición e hizo reformas relativas a los obispos, arzobispos y algunos bienes de la Iglesia.
- El Gobierno de Colombia se declaró popular y representativo.
- Ratificó estar conformada por tres grandes departamentos: Cundinamarca, Venezuela y Quito. Los departamentos grandes estaban divididos en 7 departamentos corrientes sin contar los de Panamá y Quito que estaban por definirse; tres de Venezuela: Orinoco, Venezuela y Zulia, y cuatro de Cundinamarca: Bogotá, Cundinamarca, Cauca y Magdalena. Cada departamento estaba dividido en provincias, las provincias en cantones y los cantones en cabildos ymunicipalidades, y estos eran parroquias o estaban divididos en parroquias. Venezuela estaba formada por 10 provincias, Cundinamarca por 13 a las cuales se sumarían 2 de Panamá, y Quito por 7.
Separación de Ecuador y Venezuela - 1830
Lo que aceleró la separación de Venezuela y Quito (ahora Ecuador) fue la discrepancia (diferencia de ideas) de opiniones entre federalistas y centralistas. Quito no había tenido una representación real en las deliberaciones constitucionales y solo fue hasta 1822 que se une a la Gran Colombia. A pesar de existir apoyo a la constitución de La Gran Colombia en Quito, más específicamente en Guayaquil, Quiteños y Venezolanos ansiaban una constitución federalista, es decir una que les permitiera tener un control y libertad regional sin imposiciones centrales fuertes; en particular el cuerpo militar Venezolano esperaba ejercer más poder en su región.
A los miembros del ejército se les había permitido votar en las elecciones desde la constitución de Cúcuta en especial como justo reconocimiento al esfuerzo realizado en las campañas libertadoras. En 1827 el congreso decide reducir ese derecho e hizo un cambio constitucional para excluir desde los sargentos hacia abajo, ya que excluir la cúpula militar era un movimiento muy atrevido.
LA CONSTITUCIÓN DE 1832
Separados Venezuela y Ecuador de la Gran Colombia, solo quedaba la Nueva Granada, que en ese entonces comprendía Panamá, Magdalena, Boyacá, Cundinamarca y Cauca, y se subdividían en alrededor de 15 provincias. El 20 de octubre de 1831 se realiza una Convención Granadina en donde se aprobó la separación y se establece una república centralizada con algunos rasgos federales llamada oficialmente República de la Nueva Granada Se estableció el régimen presidencialista Francisco de Paula Santander es nombrado presidente por el congreso por un período de cuatro años. El 17 de noviembre de 1831 se promulga la Ley Fundamental, pero se sigue trabajando en ella durante 1832. El período de los senadores se redujo de ocho a cuatro años y el de los representantes de cuatro a dos años. Se le otorgó mayor representación y poder a las provincias. Las provincias se llamaron Departamentos y estaban administrados por un gobernador nombrado por el presidente y por asambleas elegidas por voto.
Los centralistas y la iglesia se empezaron a distinguir con el nombre de conservadores y sus oponentes los federalistas, con el nombre de Liberales.
Constitución de 1843
Durante la presidencia del General Pedro Alcántara Herrán, se fortaleció el poder del presidente con el fin de poder mantener el orden en todo el territorio nacional, que en ese entonces se encontraba en guerra; se hizo una intensa reforma educativa y se impuso el autoritarismo y el federalismo en todo el territorio nacional que el conservatismo utilizó para su ventaja.
Entre 1849 y 1853 el número de provincias (ahora departamentos) incrementó de 22 a 36 departamentos en la Nueva Granada.
Constitución de 1853
El péndulo constitucional se mueve esta vez hacia el método liberal. Se le dio inicio al federalismo. Se eliminó la esclavitud, se extendió el sufragio a todos los hombres mayores de 21 años, se impuso el voto popular directo para elegir congresistas, gobernadores y magistrados, se estableció la libertad administrativa y la libertad religiosa, hubo una separación entre la Iglesia y el Estado y se terminó la personalidad jurídica de la Iglesia Católica. Algunos de los avances se revirtieron más tarde en la constitución de 1886.
Hechos curiosos, en septiembre de 1853 se realizaron las elecciones para elegir el procurador y la Corte Suprema de Justicia; y en octubre 3 de 1853 se elige el gobernador de Bogotá contabilizando los votos por distrito parroquial.
Durante los años 1848 y 1849 finalmente se acuñaron los nombres de los partidos tradicionales, Liberal y Conservador, sus diferencias ideológicas tomaron cuerpo y se fue dejando atrás el énfasis en personalismos.
A partir de 1849, durante el gobierno del General José Hilario López en este tiempo el país tuvo una transformación política y económica fuerte ya que empezó a reemplazarse la estructura colonial por la del capitalismo. -el partido liberal se dividio en dos: golgotas: -permitieron libertades individuales -tuvieron ideas neogranadinas y draconianos: -tuvieron libertades tradicionales -promovieron el libre comercio.
LA CONSTITUCIÓN DE 1858
Bajo el mandato del conservador Mariano Ospina Rodrìguez, en esta constitución el país es llamado oficialmente confederación granadina La confederación estaba conformada de ocho estados. Se le otorgó mayor representación y poder a las provincias: cada estado podía tener atributos legislativos independientes y la posibilidad de elegir su propio presidente.
Se abolió la Vicepresidencia y se reemplazó con la de un designado nombrado por el congreso. El presidente y los senadores serían elegidos por un período de cuatro años y la cámara por dos años
LA CONSTITUCIÓN DE 1863
El país es llamado oficialmente estados unido de Colombia el 3 de febrero de 1863 por la Constitución de Rionegro, la cual fue promulgada el 8 de mayo por los liberales radicales quienes habían acabado de ganar la guerra civil de 1860 a 1863.
Liberalizó las políticas a nivel social y económico, proclamando la libertad para expresar la manera de pensar en forma oral o escrita, libertad para trabajar u organizar cualquier negocio, libertad de imprenta, libertad para viajar por el territorio, entrar o salir de él, libertad de enseñanza, libertad de culto, libertad de asociación, libertad de poseer armas y municiones, y de comerciar con ellas.
Estableció un sistema federal con una presidencia central (presidencia de la unión) débil de dos años de duración y sin posibilidad de reelección inmediata. La elección del presidente de la unión era indirecta: cada uno de los nueve estados (Panamá, Antioquia, Magdalena, Bolívar, Santander, Boyacá, Cundinamarca, Tolima y Cauca) elegía sus candidatos siguiendo los procedimientos electorales particulares de cada estado; luego, cada uno de los nueve estados depositaba un voto para elegir el presidente de la unión. El candidato ganador era aquel que tuviera la mayoría absoluta de votos, si no se lograba la mayoría absoluta, el congreso sería el que lo elegiría del mismo grupo de candidatos.
Bajo este régimen descentralizado los sentimientos regionalistas tuvieron su máxima expresión.
El 12 de mayo, cuatro días después de haberse proclamado la constitución, los 61 delegados eligieron a Tomás Cipriano de Mosquera para gobernar durante dos años hasta el 1 de abril de 1864, momento en el cual las nuevas regulaciones para nombrar presidente empezarían utilizarse. Mosquera daba el tono anticlerical del liberalismo y los conservadores el tono pro clerical que continuaría por muchas décadas.
Reforma de 1876
El período federal produjo cuarenta y dos nuevas constituciones estatales y antes de 1876 las elecciones fueron casi continuas, puesto que los distintos estados no votaban simultáneamente ni siquiera para la elección del presidente de la unión. De forma que se hizo un cambio constitucional para que las elecciones para presidente de cada estado se hicieran al mismo tiempo para todos los estados...
LA CONSTITUCIÓN DE 1886
La coalición de Conservadores y Liberales moderados que dio término a la hegemonía liberal y que llevó al poder a Rafael Núñez desmontó la Constitución de Rionegro. El país es llamado oficialmente república de Colombia. La Asamblea Constituyente fue conformada por delegatarios de los nueve estados: dos por cada estado.
Rafael Núñez anunció un programa nacional de Regeneración que cambió al país de un sistema federal descentralizado, es decir de estados independientes (a veces con más poder que el propio país), a un sistema centralizado con una presidencia central y única. El período presidencial cambió de dos a seis años. El presidente de la República es elegido por el Congreso. El presidente estatal fue renombrado gobernador el cual de ese momento en adelante era nombrado por el presidente de la República y elegía los alcaldes de su departamento, excepto el alcalde de Bogotá que era elegido por el presidente. De forma que el presidente en turno podía tener cierto control sobre el poder ejecutivo. Además de esto se autorizó la reelección del presidente en períodos inmediatos.
Separación de Panamá - 1903
En el tratado Herràn -Hay firmado de Enero 22 de 1903, Colombia rentaría en forma vitalicia una franja de tierra a Estados Unidos para la construcción de un canal en el departamento de Panamá. Bajo este acuerdo Estados Unidos pagaría a Colombia $10 millones de dólares y después de nueve años una anualidad de $250.000 dólares, trato que fue rechazado por el congreso colombiano por considerarlo desventajoso para el país, no solo por los dineros que se irían a recibir sino porque dejar una franja en forma vitalicia a un país extranjero fue considerada una pérdida de la soberanía nacional.
El 3 de noviembre de 1903 Panamá se separa de Colombia con apoyo de Estados Unidos. El 6 de noviembre Estados Unidos reconoce la soberanía de Panamá. El 11 de noviembre Estados Unidos informa a Colombia que se opondría a que tropas colombianas entraran a recuperar Panamá. La Guerra de los Mil Días había dejado a Colombia muy débil para evitar la separación. El 18 de noviembre Estados Unidos firma el acuerdo Hay-Bunau-Varilla con Panamá para la construcción del canal.
Reforma de 1905
En diciembre de 1904, pocos meses después de haber sido elegido presidente, Rafael Reyes cierra el congreso descontento por la oposición o lentitud para aprobar las reformas que quería imponer y convoca, a principios de 1905, una Asamblea Nacional Constituyente conformada por tres representantes de cada departamento (provincias) seleccionados por los administradores departamentales.
La asamblea, por acto legislativo número 5 de marzo de 1905, decide terminar el sistema de escrutinios mayoritario por personas o nominativas en circunscripciones uninominales o plurinominales para la Cámara y las legislaturas provinciales o estatales, y eliminaba el Consejo de estado. Reyes logra que la Asamblea extienda su período presidencial por cuatro años adicionales, de 1910 a Diciembre 31 de 1914, sin embargo se retira en 1909.
reforma de 1910
Ante el sorpresivo retiro al exilio del General Rafael Reyes el 13 de junio de 1909, el congreso elige a su vicepresidente, el conservador General Ramón Gonzales Valencia, el 3 de agosto de 1909, para gobernar durante el año que faltaba para completar el período de seis años de Reyes.
Ramón González convocó, en 1910, una Asamblea Nacional (elegida a través de los consejos municipales) para reformar la Constitución de 1886, la cual se instaló el 15 de mayo y empezó a informar los resultados el 25 de mayo. Esta importante reforma, inspirada por los integrantes de la Unión Republicana (que en la práctica era un tercer partido con principios bipartidistas, partidario de las elecciones libres y la tolerancia religiosa), prohibió la participación de militares en política, estableció la elección popular directa del presidente de la república, asambleas departamentales y consejos municipales; redujo el período presidencial de 6 a 4 años, prohibió la reelección inmediata de los presidentes, eliminó la figura del vicepresidente y la reemplazó por la de un designado que sería elegido por el congreso; estableció el sistema de proporciones para el nombramiento de los miembros de las corporaciones públicas de acuerdo a los votos obtenidos, asegurando un mínimo de una tercera parte para lo que en ese entonces se llamaba el partido minoritario: el partido opuesto; otorgó al congreso la facultad de elegir a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, consagró el control constitucional a la Corte Suprema de Justicia y el control difuso por la vía judicial. Así que con estas reformas se redujeron los poderes presidenciales.
Reforma de 1936
Durante el gobierno de Alfonso Lopèz Pumarejo, el 1 de agosto de 1936, realizaron varias reformas. Se amplió el derecho de sufragio a todos los hombres mayores de 21 años, eliminándose la restricción de saber leer y escribir para ejercerlo. Ese derecho fue utilizado por primera vez en las votaciones presidenciales de 1938 en las que gana el liberal Eduardo Santos.
A la mujer se le concedió el derecho de ocupar la mayoría de los cargos públicos, a pesar de que no era considerada ciudadana para efectos del sufragio, pues ya empezaban a aparecer mujeres que asistían a la Universidad; fueron eliminados los privilegios para la iglesia católica y en consecuencia se estableció la libertad de cultos. Se dispuso que para regular las relaciones entre la Iglesia y el Estado, el Gobierno podría celebrar convenios con la Santa Sede, sujetos a la posterior aprobación del Congreso sobre bases de mutuo respeto. Se consagró la libertad de enseñanza, la gratuidad de la educación primaria en las escuelas estatales y la obligatoriedad de la educación en el grado que señalara la ley.
En materia económica, la reforma de 1936 introduce el intervencionismo de estado, define la propiedad como función social que implica obligaciones, establece como función del Estado la intervención en la educación, los conflictos sociales, las relaciones obrero patronales y la vida económica para racionalizar la economía y define el trabajo como obligación social que goza de la especial protección del Estado. Se puede afirmar que esta reforma, impulsada por López Pumarejo, sienta las bases para la construcción de un estado social.
Reforma de 1954
Durante el gobierno de Gustavo Rojas Pinilla y por sugerencia suya, la Asamblea Nacional Constituyente (ANAC), reconoció por unanimidad los derechos políticos de la mujer mediante el acto legislativo número 3 de la de Agosto 25 de 1954. Las mujeres ejercieron este derecho por primera vez durante el plebiscito del 1 de diciembre de 1957 para aprobar el cambio constitucional que le permitiría a los dos partidos políticos tradicionales, Conservador y Liberal, establecer el Frente Nacional.
Tres intentos de reconocer el derecho de votación a la mujer habían fallado antes: El primero en 1934 durante el gobierno de Alfonso López Pumarejo en donde se presentó un proyecto de ley al congreso que no pasó, y tampoco pasó en la reforma constitucional de ese año. El segundo fue la propuesta presentada por el liberal Alberto LLeras Camargo en 1944 pero fue pospuesta bajo la disculpa de que la regulación no se haría antes de 1948. El tercero fue la propuesta presentada por el liberal Alfonso Romero Aguirre en 1948 la cual fue apoyada pero para ser implementada en forma gradual, que en la realidad fue otro aplazamiento.
Reforma de 1957
La Junta Militar de carácter temporal que sucedió a Rojas Pinilla y por acuerdo de los partidos políticos tradicionales, autoriza, en octubre de 1957, un plebiscito de reforma constitucional mediante Acto Legislativo No. 0247 para fijar la paridad de los partidos con el fin de buscar una salida a los problemas del país. Este acuerdo y el período correspondiente fue llamado el Frente Nacional.
El plebiscito del 1 de diciembre de 1957 aprobó, con cerca del 94% de votos a favor, la reforma constitucional para la paridad entre los dos partidos políticos tradicionales, el liberal y el conservador, en las Corporaciones Públicas por un período de 12 años y determinó que las elecciones para Presidente de la República, Congreso, Asambleas Departamentales y Concejos Municipales se realizarían durante el primer semestre de 1958.
Reforma de 1958
El primer Congreso elegido popularmente dentro del Frente Nacional hace un cambio constitucional para ampliar el periodo del Frente Nacional de 12 a 16, y decide además que el primer presidente sería liberal y no conservador como se había acordado antes.
Reforma de 1968
A pesar de que el Frente Nacional terminaría en 1974, las reformas constitucionales para preparar la transición empezaron en 1868 durante el gobierno de Carlos Lleras Restrepo penúltimo presidente del Frente Nacional.
Con el fin de reglamentar la competencia electoral inter-partidos, las reformas eliminaron el reparto por mitades en las asambleas departamentales y consejos municipales, pues ya estaba estipulado que el del congreso terminaría en 1974, y se incluyeron algunas medidas para reconocer partidos minoritarios. En algunas otras áreas de la constitución las reformas requeridas se pospusieron, en algunos casos indefinidamente, como fue el caso del ordinal primero del artículo 120 de la Constitución en que se mantiene "La participación justa y equitativa del segundo partido en votación" que limitaba la participación de los partidos minoritarios y por ende la participación ciudadana.
Estableció que posteriores reformas a la constitución podrían ser realizadas por el congreso, siempre y cuando la reforma fuera aprobada por la mayoría absoluta (dos tercios) de todos los miembros del Senado y la Cámara votando en dos sesiones legislativas ordinarias consecutivas.
Reforma de 1986
Durante el gobierno de Belisario Betancur se establece la elección popular de alcaldes y gobernadores, el 21 de noviembre de 1986, con el fin reducir o eliminar el control central de los partidos sobre sus nominaciones y ampliar la democracia regional.
Constitución de 1991
La Constitución de 1991 es llamada también la "Constitución de los Derechos", por cuanto reconoce y consagra no sólo los derechos fundamentales, clásicos desde la Revolución Francesa por los que tanto había luchado Don Antonio Nariño, sino los derechos económicos y sociales, propios del Estado Social de Derecho, consagrada en el artículo 1º de la Constitución y los derechos colectivos, o de tercera generación, dentro de los cuales se destacan entre otros la moralidad pública, la libre competencia económica y el derecho a un ambiente sano. Además crea los mecanismos necesarios para asegurar y proteger esos derechos, entre otros, la Acción de Tutela, la Acción de Cumplimiento, Las Acciones Populares y de Grupo..
A partir de un movimiento estudiantil formado en 1989, se convoca en 1990 una Asamblea Nacional Constituyente elegida por voto popular directo, la cual promulga en Bogotà en 1991 la Constitución Política de Colombia de 1991. En ella se conserva la denominación de república de Colombia.
Reforma del 2005
En el año 2004, el Expresidente de Colombia Àlvaro Uribe Vèlez, impulsó en el Congreso una reforma constitucional para permitir la elección del Presidente de la República hasta por dos períodos (artículo 197 Constitución Política de Colombia). La reforma, contenida en el acto legislativo 2 de 2004, fue demandada ante la Corte Constitucional que la declaró exequible mediante sentencia C-1040 de 2005. El primer presidente reelegido en el marco de esta reforma, fue el mismo Álvaro Uribe Vélez en la contienda electoral del 28 de mayo del 2006 donde alcanzó una votación del 62.1% por lo que no se requirió una segunda vuelta electoral. Le siguió Carlos Gaviria Díaz, candidato por el Polo Democrático Alternativo, partido de izquierda, quien logró el 22%. El abstencionismo alcanzó el 53.53%.
El hecho de que Uribe y Gaviria pertenecieran a partidos independientes, es decir diferentes a los tradicionales Liberal y Conservador, marcó una época importante de transformación ideológica en la historia de Colombia, tanto así que algunos medios de comunicación anunciaban que el bipartidismo había sido herido de muerte.
Igualmente se destacó la madurez que para ese momento había alcanzado el proceso electoral, el cual se había ganado la confianza de la población y los partidos oponentes. También se destacó la velocidad en la entrega de los datos electorales por parte de la Registraduría Nacional. Para citar un ejemplo, los Colombianos en el exterior escuchando la radio colombiana por la Internet conocieron en menos de dos horas de cerradas las urnas, aún con luz solar en Colombia, los resultados del 85% de las mesas.
lisbanys rodriguez salcedoderechos constitucionales
es la rama del derecho que estudia los aspectos sobresalientes de la organización del estado sus autoridades y funciones los principios fundamentales de su acción y control con respecto a personas y grupos que habitan su territorio y hacia el exterior dentro de un marco jurídico de libertades y derechos a ellos reconocidos.
es el cuerpo principal de normas que rigen la organización del estado y su relación con sus ciudadanos.
lisbanys rodriguez salcedo
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